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sábado, 26 de marzo de 2011

LA NUEVA LEY DE ARRENDAMIENTO EN COLOMBIA

Viendo fotos de casas modernas, tanto para comprar como para arrendar, vi la fachada de esta y me quede sorprendido, parece la entrada a un edificio, no, es una casa de habitación de alguien que tiene algo de dinero. Pero bueno!! yo pense la casa de un sueño.
Pues le cuento, que en Colombia para usted, arrendar una casa, debe ser bien organizado, para pagar su renta, pues asi no sea en una casa como esta, sino en una casa normal común y corriente, LA NUEVA LEY DE ARRENDAMIENTO- la ley 820 del 2003, ES MÁS RIGUOROSA, acompañada de la ley 1395 del 2010, agilizo el proceso para la restitución del inmueble y el pago de los cánones de arrendamiento y servicios públicos debidos.
Antes, se tenía que iniciar un proceso llamado restitución que duraba aproximadamente entre uno y dos años, para que se entregará el inmueble, despues de terminado con el contrato de arrendamiento, se iniciaba el proceso ejecutivo para cobrar lo debido. o sea como tres años. Por ello habia personas que vivian gratis, pagaban el primer mes y se quedaban hasta seis meses porque sabian eso del trámite y desocupaban cuando querian.
Ahora no, con las nuevas Normas, el proceso es ágil, al momento de solicitar la restitución, de una vez se solicita el embargo y secuestro de los bienes que hay en el inmueble. el arrendatario tiene que desocupar, pero debe dejar los bienes muebles que hayan sido embargados y que cubran los gastos pendientes, todo en tan solo un mes,,,.Pero da la alternativa, primero de iniciar un proceso Conciiatorio que no dura más de tres meses ante un abogado Conciliador... 
Si quieres saber más sobre este proceso, ingresa a nuestro blog y contáctanos para saber más. seguiremos llevando notas que entren en tu agenda de mucho interés. 

Bonita la fachada de la casa NO!!

José Asunción Silva Castillo
Abogado Conciliador 

5 comentarios:

  1. Tengo 15 años de estar viviendo en una casa, ahora me la estan pidiendo, creo que oara aumentar el valor del canón. A que tengo derecho? si es justo? Non quiero Irme?

    mi correo es matabares77@hotmail.com

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  2. Buenas tardes, mi caso es el siguiente: hace 3 años arrende una casa para mi vivienda y de antemano le dije al señor dueño de la casa q necesitaba colocar una clinica veterinaria y le hice firmar un permiso para ello pero que igual yo viviria alli mismo. desde entonces el ha subido el arriendo la primera vez en un 10% y la segunda vez como en un 7%, claro esta que despues de negocear en repetidas ocasiones con el y discutir sobre eso. este año el le quiere subir aproximadamente el 20% diciendo que le subira como local comercial por lo de la clinica. aunque yo no tengo uso de suelos para funcionar alli como clinica y soy conciente de que me pueden cerrar en cualquier momento, el insiste en que es un local y puede subirle lo que el quiera. algo puedo hacer? o definitivamente el tiene razon?

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  3. Buen día, quisiera hacer una consulta, hace 7 años arrende mi casa y le he estado pidiendo a la persona según el reglamento con tres meses de anticipación pero la persona me amenaza diciéndome que debo indemnizarla por cada año que estuvo aquí y que no me debe pagar el arriendo y si consigue se se va si no pues no desocupa, pero le estoy solicitando porque voy a vender el predio, que debo hacer?

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  4. hola. soy estudiante de derecho, quiero iniciar la restitución por mora en el canon, ya envíe una carta por correo certificado informando la rescisión del contrato de arrendamiento de manera unilateral. ahora estoy haciendo la demanda y se que debo presentarla ante el juez civil municipal, luego de la admisión de la demanda cuanto tiempo ellos (Los arrendatarios) seguirían viviendo allí? 1 año? muchos abogados me dicen que ese es el tiempo... me parece increíble... por favor responde me. gracias. mi email es joanacarrioni @ gmail...

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  5. mi caso es que le arrende a una pareja en el momento de tomar la casa se hizo un contrato verbal y me dieron el dinero del canon y se les entrego las llaves pero despues de ciatro dias ciando ya se iban a pasar a la casa dijeron que ya no la tomaban y que les devolviera todo el dinero yo les dije que les devolvia la mitad por daños y perjuicios si e sposible o debo devolver todo el dinero aunque la casa por culpa de ellos duro desocupada mas de quince dias

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